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E-mails certificados

El Supremo los admite como prueba irrefutable.

El auto del Tribunal Supremo (ATS 2501/2013) supone un antes y un después para las comunicaciones digitales certificadas.

Las empresas de certificación electrónica generan actas de comunicación que demuestran la transmisión, el contenido íntegro y el acuse de recibo de todos los correos electrónicos que hayan validado.

La fuerza de este correo electrónico, y que provocó la decisión final del juez, es que éste había sido validado por un prestador de servicios de certificación electrónica.

La tecnología y las empresas de certificación existen, las leyes, como el artículo 162 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aceptan este tipo de notificación, pero faltaba una resolución judicial de un alto tribunal para dar el espaldarazo final a esta tecnología. (ATS 2501/2013)

Y es que, las notificaciones judiciales en forma de correo certificado o burofax no siempre llegan a su destinatario. Frente a un problema como éste, los e-mails certificados pueden convertirse en la herramienta perfecta para realizar estas comunicaciones.

Mayores garantías

Su funcionamiento es simple y aporta más garantías que la comunicación en papel, lo que refuerza el valor probatorio ante un tribunal. El art. 162 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que los actos de comunicación entre las partes puedan ser efectuados por medios electrónicos que garanticen la autenticidad de la comunicación y de su contenido

Un correo electrónico normal puede ser impugnado, sin embargo, hacerlo con un e-mail certificado es casi imposible, ya que las compañías de certificación electrónica recogen todo tipo de pruebas de la comunicación. Estas empresas actúan como un tercero de confianza y guardan ante notario las actas de comunicación que prueban la transmisión, el acuse de recibo, las fechas de envío, el contenido íntegro del correo, así como la identidad del remitente y el destinatario y sus direcciones IP.

Otro tipo de comunicación electrónica certificada

El correo electrónico no es el único sistema que puede ser certificado. Las plataformas de certificación de comunicaciones electrónicas también ofrecen este tipo de servicios con los mensajes SMS, burofaxes electrónicos y la contratación de servicios a través de Internet.

En el primer caso, la compañía certifica el contenido de la comunicación, el proceso de transmisión y deposita todo ante notario. En el caso de los burofaxes electrónicos, garantiza los mismos aspectos que los SMS y certifica igualmente la lectura de dicho mensaje y, opcionalmente, el cliente puede solicitar que se le notifique si la comunicación ha sido aceptada o rechazada por el destinatario.

En el caso de la contratación electrónica, la plataforma de certificación pone a disposición de las partes los contratos, se verifica la recepción, la lectura y otorga un período de tiempo para que cualquiera de los receptores pueda oponerse al mismo.

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